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Normas internacionales: Una solución clave para abordar las barreras no arancelarias al comercio

25 septiembre 2012
ITC Noticias
La desaparición gradual de aranceles desde el nacimiento del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio en 1948 se vio contrarrestada por el número creciente de medidas no arancelarias (MNA) en el comercio internacional.

En el Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la Organización Mundial del Comercio (OMC/OTC) se reconoce que el acceso a los mercados se puede impedir utilizando normas y reglamentos técnicos que varían de un país a otro y que si se establecen en forma arbitraria pueden ser un medio de protección encubierta de los mercados o percibirse como barreras no arancelarias al comercio. Es importante distinguir las normas de los reglamentos técnicos (ver definiciones en página 35).

Para evitar que eso ocurra, los países deberían considerar, por ejemplo, establecer normas internacionales que estipulen cómo aplicar dichos reglamentos, procedimiento que apoya la Organización Internacional de Normalización (ISO) cuyas normas no son obligatorias, pero recogen el consenso internacional a partir de la base más amplia posible de grupos de partes interesadas y el aporte de expertos. De ahí que las normas de la ISO sean amplia e internacionalmente respetadas y aceptadas por los sectores público y privado.

La OMC, creada en 1995, efectivamente sienta las bases de las normas del comercio internacional y para los organismos normalizadores revisten singular interés sus acuerdos sobre los obstáculos técnicos al comercio (OTC) y la aplicación de medidas sanitarias y fitosanitarias (MSF). Se ha reconocido ampliamente que la falta de capacidad para aplicar los acuerdos de la OMC, y en particular esos dos, puede ser una enorme traba para el comercio. Considerando el creciente énfasis que se pone en el comercio como medio de apuntalar el desarrollo económico, sobre todo en los países en desarrollo eso implica que urge y es crucial abordar la cuestión de las normas y los reglamentos técnicos para permitir que los países participen efectivamente en el sistema multilateral de comercio.

En el Acuerdo MSF de la OMC se entiende que normas internacionales son aquellas establecidas por la Comisión del Codex Alimentarius, la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria y la Organización Mundial de Sanidad Animal. No existe definición alguna de norma internacional en relación con el Acuerdo OTC de la OMC, ni se ha designado a organización alguna para que establezca las consiguientes normas internacionales. Los debates que mantiene el Comité OTC de la OMC versan sobre la necesidad de aclarar aún más la definición de norma internacional para que los países, en particular aquellos en desarrollo, decidan por dónde encauzar los escasos recursos financieros y técnicos para participar en la labor de los organismos internacionales de normalización.

Casos de OTC y MSF demuestran que los acuerdos de la OMC ejercen una gran influencia en la normalización en los planos nacional e internacional y el Anexo 3 del Acuerdo OTC contiene el Código de buena conducta para la elaboración, adopción y aplicación de normas. Garantizar el cumplimiento de este último sería una parte importante del quehacer de los organismos nacionales de normalización (ONN).

En 2000, durante el segundo examen trienal de dicho acuerdo, el Comité OTC adoptó los principios que se deberían observar en la elaboración de normas internacionales, principios que reafirmó en el quinto examen trienal de 2009. Se trata de seis principios sobre transparencia, apertura, imparcialidad y consenso, eficacia y pertinencia, coherencia y conciencia de la dimensión de desarrollo que deberían observar las instituciones de normalización nacionales e internacionales. En un documento común que la ISO y la Comisión Electrotécnica Internacional (CEI) sometieron a consideración de ese comité en marzo de 2012, se sostiene que esos seis principios son los pilares fundamentales sobre los que se debería construir la normalización internacional. Además de materializarse en la labor de ambas organizaciones y formar parte de las mejores prácticas de sus sistemas, esos principios son utilizados por los miembros nacionales de las mismas.

Reviste suma importancia comprender los principios a partir de los cuales se elaboró una norma, pues no siempre se utilizan los mencionados. Eso puede proceder cuando se necesitan normas establecidas por los denominados consorcios de normalización, pero cuando se trata de cuestiones o intereses más amplios, solo deberían considerarse aquellas elaboradas con arreglo a dichos principios. Sería útil que en las bases de datos sobre normas se hiciera esa diferenciación como en la que lleva el ITC.

Además de trabajar con organizaciones como la CEI, la ISO colabora estrechamente con sus miembros para elaborar y respaldar normas; tiene estatuto de observador en el Comité OTC de la OMC y está atenta a las necesidades de sus miembros en términos de elaboración de normas internacionales. Esencialmente, la organización es una federación de los organismos nacionales de normalización de 164 países, incluidos países desarrollados, países en desarrollo y países con economías en transición. Cada uno de esos miembros es el organismo más representativo de su país en la materia. Los miembros proponen normas nuevas, participan en su elaboración y, junto con la Secretaría Central de la ISO, prestan apoyo a los 3.300 grupos técnicos que se ocupan de elaborarlas. Los miembros de la ISO también nombran delegaciones nacionales a los comités de normas y cada año, más de 50.000 expertos contribuyen voluntariamente a la labor de la organización. Cuando esa labor se publica como una norma internacional ISO, sus miembros pueden adoptarla como norma nacional y traducirla. El procedimiento de elaboración comprende dos niveles de consenso: primero aquel de los expertos que participan en los comités técnicos de la ISO y luego, el de los miembros que votan los proyectos.

Los países en desarrollo representan las tres cuartas partes de su membresía, de ahí que la ISO haya establecido planes de asistencia y formación técnicas que responden a las diversas necesidades de sus miembros y, en particular, de dichos países. Esos planes son críticos para seguir alimentando el sistema de la ISO a fin de que continúe operando con máxima eficiencia en beneficio de una comunidad internacional que espera soluciones rápidas, fiables y consensuales en un mundo cada vez más complejo. Esas asistencia y formación técnicas se ofrecen en el marco del Plan de acción para los países en desarrollo 2011-2015 cuyos objetivos se indican a continuación:

  • aumentar la participación en la labor técnica de la ISO;
  • capacitar en normalización y temas relacionados a los miembros de la ISO y las respectivas partes interesadas;
  • mejorar la sensibilización sobre la función y los beneficios de las normas internacionales;
  • fortalecer en el plano institucional a los miembros de la ISO de países en desarrollo,
  • reforzar la cooperación regional e
  • introducir el tema de la normalización en programas de estudio.

La participación de países desarrollados y países en desarrollo en el sistema de la organización garantiza la pertinencia mundial de las normas ISO que son herramientas consensuales para empresas, consumidores y la sociedad en su conjunto. Dado que se elaboran por consenso, se espera que su uso para explicar y ampliar los reglamentos técnicos de los países, reduzca la probabilidad de que se impongan obstáculos técnicos al comercio. Por ejemplo, en lo que respecta a la evaluación de conformidad y la acreditación, generalmente se acepta que las normas ISO son referencia, lo que permite que los países reconozcan mutuamente los respectivos procedimientos y, por ende, facilita el comercio internacional.

Definiciones

Norma - Documento formal, elaborado por consenso y publicado por un organismo reconocido que establece para uso común y repetido, reglas, directrices o características de actividades o sus resultados con el fin de conseguir un grado óptimo de orden en un contexto determinado. Habitualmente, una norma es de uso voluntario. Las normas voluntarias no son reglas técnicas mientras una autoridad reguladora no proceda a referenciarlas.

Reglamento técnico - Documento que estipula requisitos técnicos, ya sea directamente refiriéndose a una norma o incorporando el contenido de una de ellas, una especificación técnica o un código de práctica. Por lo general es obligatorio. Un reglamento técnico puede ser establecido directamente por autoridades reguladoras sin hacer referencia a ninguna norma, en cuyo caso todos los documentos y requisitos no son consensuales.

Medida no arancelaria (MNA) - Medida política que incide en los flujos de comercio. Puede imponerse en una frontera, por ejemplo a importaciones y exportaciones, o aplicarse en la economía nacional. Cuando tiene un efecto proteccionista se denomina obstáculo no arancelario.

Evaluación de conformidad - Término colectivo que comprende todos los servicios necesarios para demostrar que un producto o servicio cumple una norma o reglamento técnicos. La evaluación de conformidad puede estar a cargo de terceros independientes o de un proveedor dependiendo del comprador o los requisitos de la autoridad reguladora. La evaluación de conformidad incluye la inspección, la prueba, la certificación del producto o sistema y cualquier combinación de esas actividades que sea pertinente.